Abstract:
Cuando me refiero a la individualización judicial de las medidas que se imponen a los jóvenes por la comisión de hechos delictivos, esto es, a la actividad que realiza el Juez de menores para determinar cuál medida impondrá y por cuánto tiempo, quiero situarme en un ámbito del derecho penal juvenil que me parece confuso, por no decir arbitrario, en su aplicación práctica. Tal confusión obedece al empleo unidireccional de un criterio interpretativo estrictamente legalista que reina en la praxis de esta especial parcela de la jurisdicción; pese a que existe, a mi juicio, en el régimen jurídico especial de menores un marco normativo que posibilita una interpretación distinta que aquí propongo.